En un reciente fallo que ha causado un fuerte impacto, la Justicia de Familia de San Lorenzo ha decidido otorgar el cuidado personal unilateral de un menor a su padre, debido a las denuncias de maltrato y negligencia que enfrentaba el niño por parte de su madre. Este caso se convierte en un ejemplo contundente de cómo el sistema judicial prioriza el bienestar y la seguridad de los menores, en línea con los principios del interés superior del niño.
El contexto: Un hogar disfuncional y un menor en riesgo
La situación que llevó a esta decisión judicial fue presentada por el padre del menor, quien, representado por la abogada Cecilia Rapp, promovió una demanda buscando una adecuada comunicación y, eventualmente, la custodia de su hijo. El niño, cuya madurez fue evaluada como suficiente para expresar sus deseos y preocupaciones, detalló a la Asesora de Menores una serie de incidentes alarmantes en el hogar materno. Entre ellos, mencionó frecuentes discusiones entre su madre y su actual pareja, quien en una ocasión rompió el teléfono celular de la mujer. Más preocupante aún, el menor relató que su madre y su pareja no desayunan, sino que consumen alcohol en las mañanas, y que el hombre le había golpeado en la cabeza porque no sabía hacer la tarea.
Evaluación y dictamen: Prioridad al interés superior del niño
El informe de la escuela al que asiste el niño fue otro factor determinante en este fallo. La institución educativa informó que el menor presentaba un comportamiento desatento, con trabajos incompletos en todas las áreas y escasa participación en clase, indicadores que reforzaron las sospechas de que el ambiente familiar materno no era el adecuado para su desarrollo.
Ante estos testimonios y evidencias, la Asesora de Menores concluyó que el niño contaba con el grado de madurez suficiente para expresar sus deseos y necesidades, y recomendó que se le otorgara la custodia al padre. Esta opinión fue determinante para que el juez de Familia, Marcelo Escola, decidiera a favor del padre.
La resolución judicial: Custodia unilateral y protección del menor
El juez Escola, en su fallo, subrayó que “el cuidado personal hace a la protección de una niña, niño o adolescente en forma cotidiana y especialmente en el proceso de formación”. También destacó que, aunque la responsabilidad parental es compartida por regla general, en casos excepcionales, como este, puede ser unilateral o unipersonal cuando el interés superior del niño lo exige.
Este caso no solo refleja la importancia de evaluar el entorno familiar de los menores, sino que también resalta el compromiso de la justicia de actuar de manera firme y rápida cuando se detectan situaciones de riesgo. La decisión de otorgar la custodia exclusiva al padre busca garantizar que el menor crezca en un ambiente seguro y propicio para su desarrollo integral, alejándolo de un entorno que ponía en peligro su bienestar físico y emocional.
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