La Cámara de Diputados aprobó la versión definitiva de la Ley Bases este viernes por la madrugada, marcando el fin de la primera etapa del gobierno de Javier Milei. Esta legislación introduce una serie de reformas significativas, incluyendo cambios en el régimen laboral.
Modernización Laboral
El capítulo laboral, denominado «Modernización laboral,» establece nuevas reglas de contratación y modifica la relación entre empleados y empleadores. Entre los cambios destacados se encuentra la reducción del número de trabajadores independientes que pueden ser contratados por otro trabajador independiente, de 5 a 3. Esta modificación implica que los empleados de microempresas no estarán sujetos a los derechos y regulaciones de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
El Senado también añadió una modificación al artículo 242 de la LCT, especificando que la participación en bloqueos o tomas de establecimientos constituye una grave injuria laboral y causal de despido. Este artículo había sido eliminado en una versión anterior pero fue reinstalado por iniciativa del bloque de la UCR.
Principales Reformas Laborales
Blanqueo Laboral: Entre los artículos 76 y 81, se plantean beneficios para empleadores que regularicen a sus trabajadores, limitando a 5 años los aportes acreditados sobre el salario mínimo para el reconocimiento jubilatorio.
Fondo de Cese Laboral: El artículo 93 permite reemplazar las indemnizaciones por despido con un fondo de cese laboral, gestionado a través de convenios colectivos de trabajo y con la posibilidad de optar por servicios privados o autoaseguramiento.
Ampliación del Periodo de Prueba: Los artículos 89 y 95 proponen extender el período de prueba a 6 meses, y hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores, y hasta 1 año en empresas más pequeñas. Durante este tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización.
Eliminación de Sanciones por No Registro de Empleados: La reforma elimina las indemnizaciones para empleadores que no registran relaciones laborales o lo hacen incorrectamente.
Flexibilización de las Relaciones Laborales: Se permiten nuevas formas de contratación, como la modalidad de colaboradores o contratos de locación, fuera de la relación de dependencia convencional.
Tercerización Laboral: Se elimina la prohibición de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el trabajo agrario, considerando a los empleados como parte de las empresas intermediarias.
Limitación del Derecho a la Acción Colectiva: La reforma incorpora la participación en acciones colectivas como causal de despido, incluyendo bloqueos, tomas de establecimientos y obstrucción de la libertad de trabajo.
Funcionamiento de Sindicatos: El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales de denunciar la falta de registración laboral, dejando esta tarea exclusivamente en manos del trabajador.
Licencia por Embarazo: Se mantiene la licencia por embarazo de 90 días, pero la persona gestante puede optar por reducir la licencia previa al parto y acumular los días restantes al período posterior.
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